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Criptomonedas en Navarra y País Vasco: diferencias fiscales con el territorio común

Navarra y el País Vasco tienen su propio IRPF foral con diferencias relevantes en tramos, exenciones y tratamiento de las ganancias cripto. Todo lo que necesitas saber si eres residente en territorio foral.

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Navarra y el País Vasco tienen su propio IRPF foral con diferencias relevantes en tramos, exenciones y tratamiento de las ganancias cripto. Todo lo que necesitas saber si eres residente en territorio foral.

Fiscalidad cripto en Navarra y País Vasco: diferencias forales

España tiene dos regímenes fiscales con competencias propias para el IRPF: el Régimen Común (gestionado por la AEAT) y los regímenes forales de Navarra y el País Vasco (Álava, Guipúzcoa y Vizcaya). Las diferencias son relevantes para los inversores en criptomonedas.

¿A quién aplica el régimen foral?

El IRPF foral aplica si tienes tu residencia habitual en:

  • Navarra → Hacienda Foral de Navarra (HFN).
  • Álava → Hacienda Foral de Álava (HFA).
  • Guipúzcoa → Diputación Foral de Gipuzkoa (DFG).
  • Vizcaya → Diputación Foral de Bizkaia (DFB).

La residencia fiscal en territorio foral se determina por la permanencia (183 días) igual que en el régimen común, pero la declaración se presenta ante la hacienda foral, no ante la AEAT.

Tramos del IRPF en País Vasco vs Régimen Común

Tramos de la base del ahorro (ganancias cripto)

TramoRégimen ComúnPaís Vasco (aproximado)
Hasta 6.000 €19%20%
6.001 - 24.000 €21%21%
24.001 - 60.000 €23%22%
60.001 - 200.000 €27%23%
+200.000 €28%25%

Implicación: Para ganancias cripto elevadas (>60.000€), el País Vasco puede ser significativamente más favorable.

Tramos en Navarra

Navarra tiene tipos similares al régimen común pero con escala propia. Para ganancias altas, también puede ser ligeramente más favorable.

Compensación de pérdidas: diferencias

Régimen Común:

  • Ganancias y pérdidas patrimoniales se compensan entre sí.
  • Si hay exceso de pérdidas, puede compensarse con el 25% del rendimiento del capital mobiliario.

País Vasco:

  • Posibilidad de compensar pérdidas patrimoniales con mayor flexibilidad.
  • Algunos territorios históricos permiten compensación cruzada más amplia.
  • Diferencias específicas por territorio (Álava vs Guipúzcoa vs Vizcaya).

Modelo 720 y equivalentes forales

El Modelo 720 de bienes en el extranjero aplica a todos los España independientemente del régimen foral (es información compartida con la AEAT central). Sin embargo:

  • Navarra y País Vasco pueden tener formularios equivalentes propios.
  • Consulta con la hacienda foral correspondiente si existen obligaciones adicionales.

Modelos informativos cripto en territorio foral

Los Modelos 172 (saldos) y 173 (operaciones) son de declaración obligatoria a la AEAT (régimen estatal), pero:

  • En algunos casos, las haciendas forales también requieren modelos informativos paralelos.
  • A partir de 2025, se espera que la coordinación se unifique con DAC8.

El caso de Navarra: régimen de convenio

Navarra opera bajo el sistema de Convenio Económico. Sus diferencias con el régimen común son:

  • Tipos impositivos propios en el IRPF.
  • Gestión propia de la recaudación.
  • Para contribuyentes con actividad en ambos ámbitos, existen reglas de reparto.

Impuesto de Patrimonio en territorio foral

El Impuesto sobre el Patrimonio tiene diferencias notables:

  • En el País Vasco existe el Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas con tipos y mínimos exentos diferentes.
  • En Navarra, el Impuesto de Patrimonio también tiene su propia escala.

Para las criptomonedas declaradas en patrimonio, este impuesto aplica sobre el valor al 31 de diciembre del ejercicio, con las mismas reglas de valoración que en el régimen común.

¿Cambiar de residencia al País Vasco como estrategia fiscal?

Algunos inversores consideran trasladar su residencia habitual al País Vasco para beneficiarse de tipos más bajos en ganancias cripto. Puntos a considerar:

  • El cambio de residencia debe ser efectivo y real (183 días viviendo allí).
  • Si el traslado tiene como único fin elusivo el beneficio fiscal, la AEAT puede impugnar el cambio.
  • El traslado tiene un coste de vida y logística real.
  • La plusvalía latente en cripto al cambiar NO tributa como sucede con el exit tax al salir de España (aplicable solo entre países, no entre comunidades).

Consultas y recursos forales

  • Hacienda Foral de Navarra: hacienda.navarra.es
  • Gipuzkoa: gipuzkoa.eus/ogasuna
  • Bizkaia: bizkaia.eus/ogasuna
  • Álava: alava.eus/hacienda

Actualizado: abril 2026 | Ejercicio fiscal: 2025

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