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Cripto en la Renta 2025: todas las novedades de la AEAT que debes conocer

La campaña de la Renta 2025 trae novedades importantes para los contribuyentes con cripto. Guía actualizada.

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La campaña de la Renta 2025 trae novedades importantes para los contribuyentes con cripto. Guía actualizada.

Cripto en la Renta 2025: novedades de la AEAT

La declaración de la Renta del ejercicio 2025 (presentada en la campaña de primavera 2026) incluye novedades importantes para los contribuyentes con criptomonedas.

Novedades del ejercicio 2025

1. Primer año con datos DAC8 completos

2025 es el primer ejercicio completo bajo la Directiva DAC8 de intercambio automático de datos. Los exchanges europeos reportaron automáticamente las transacciones de 2024 a la AEAT. Para 2025, el intercambio está completamente operativo.

Implicación: La AEAT ya tiene los datos de tus operaciones directamente de los exchanges. Si no declaras o declaras de forma incompleta → riesgo de requerimiento.

2. Los datos de cripto en Renta Web

La AEAT puede incluir en el borrador de la declaración (si dispone de los datos) algunas transacciones de cripto informadas por los exchanges. Los contribuyentes deben revisar y completar estos datos.

3. Las casillas de cripto en el IRPF

Las ganancias y pérdidas patrimoniales de cripto van en las casillas específicas del IRPF:

  • Ganancias/pérdidas generadas en menos de 1 año: Base imponible general (tipo marginal)
  • Ganancias/pérdidas generadas en más de 1 año: Base del ahorro (19-28%)
  • Rendimientos del capital (staking, intereses): Base del ahorro (19-28%)

Nota importante: En España, a diferencia de otros países, no hay distinción entre corto y largo plazo para la base del ahorro. Toda la base del ahorro tributa al 19-28%.

4. La compensación de bases

Las pérdidas patrimoniales de cripto del mismo ejercicio o de los 4 ejercicios anteriores se pueden compensar con las ganancias de 2025.

Lo que debes verificar en tu declaración 2025

  1. ¿Tienes todas las ganancias/pérdidas de cripto correctamente calculadas?
  2. ¿Has incluido todos los rendimientos de staking e intereses?
  3. ¿Has presentado los Modelos 172 y 173?
  4. ¿Tienes pérdidas de años anteriores pendientes de compensar?

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Detrás del contenido de Kointax hay un equipo de profesionales en fiscalidad española y desarrollo de software cripto. Revisamos cada guía contrastando con consultas vinculantes de la DGT, jurisprudencia de la Audiencia Nacional, normativa europea (MiCA, DAC8) y casos prácticos reales tratados en nuestra plataforma. El

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Especialidades: Fiscalidad cripto en España (IRPF, IVA, ISD) · Modelos 100, 172, 173, 720, 721 · Doctrina vinculante DGT cripto

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