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Compensación de pérdidas en criptomonedas en el IRPF

Las pérdidas en criptomonedas pueden compensarse con ganancias patrimoniales y hasta un 25% de rendimientos del capital. Descubre cómo funciona y cómo optimizar tu factura fiscal.

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Las pérdidas en criptomonedas pueden compensarse con ganancias patrimoniales y hasta un 25% de rendimientos del capital. Descubre cómo funciona y cómo optimizar tu factura fiscal.

Compensación de pérdidas en criptomonedas en el IRPF

El mercado cripto es volátil y las pérdidas son frecuentes. La buena noticia: las pérdidas en criptomonedas pueden compensar otras ganancias y reducir tu factura fiscal de forma legal.

¿Qué tipo de pérdida genera una venta de cripto?

Las ganancias y pérdidas por transmisión de criptomonedas son ganancias o pérdidas patrimoniales que se integran en la base imponible del ahorro.

¿Qué se puede compensar?

Regla general

Las pérdidas patrimoniales (por cripto u otros activos) compensan primero con las ganancias patrimoniales del mismo año. Si queda saldo negativo, puede compensar hasta un 25% del saldo positivo de rendimientos del capital mobiliario del mismo año.

Ejemplo:

  • Ganancias patrimoniales: 5.000 €
  • Pérdidas patrimoniales (cripto): -8.000 €
  • Saldo neto: -3.000 €
  • Rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses): 4.000 €
  • Compensación posible: 25% × 4.000 = 1.000 €
  • Base imponible del ahorro reducida en 1.000 €
  • Pérdidas restantes sin compensar: -3.000 + 1.000 = -2.000 € (se trasladan 4 años)

Traslado a ejercicios futuros

Las pérdidas no compensadas en el año pueden trasladarse a los 4 ejercicios siguientes, con las mismas reglas de compensación.

La estrategia de "tax loss harvesting" en cripto

El tax loss harvesting consiste en materializar pérdidas latentes antes de que cierre el ejercicio fiscal para compensar ganancias realizadas.

Ejemplo:

  • Has ganado 10.000 € vendiendo ETH en 2025.
  • Tienes BTC con pérdida latente de 6.000 € (lo compraste caro y ahora vale menos).
  • Si vendes el BTC antes del 31 de diciembre, materializas la pérdida.
  • Tu ganancia neta tributable se reduce a 10.000 - 6.000 = 4.000 €.
  • Ahorro fiscal: 6.000 × 19% = 1.140 € aproximadamente.

¿Puedes recomprar inmediatamente?

En España, a diferencia de EE.UU. (donde existe la "wash sale rule"), no hay norma que impida recomprar el mismo activo inmediatamente después de vender para materializar pérdidas.

Esto significa que puedes:

  1. Vender BTC el 30 de diciembre para materializar la pérdida.
  2. Recomprar BTC el 31 de diciembre al mismo precio.
  3. Declarar la pérdida en el IRPF.

El coste de adquisición del nuevo BTC quedará fijado al precio de recompra.

Pérdidas en stablecoins: ¿compensables?

Si compras USDC a 1 € y lo vendes a 0,98 € (por diferencias de tipo de cambio o pequeñas depeggings), la pérdida de 0,02 € por unidad es compensable.

Pérdidas por quiebra de exchanges (FTX, etc.)

Si un exchange donde tienes cripto quiebra:

  • Las pérdidas son reales pero solo son deducibles cuando puedes demostrar que no recuperarás los fondos.
  • Necesitas documento acreditativo (procedimiento concursal, sentencia, comunicación del exchange).
  • Se declaran como pérdida patrimonial cuando se materializa la certeza de la pérdida (no cuando el exchange cierra, sino cuando se confirma la quiebra definitiva).

Pérdidas por scam y phishing

Similar a la quiebra: necesitas acreditar que los fondos no son recuperables. Con denuncia policial y documentación del intento de recuperación, la AEAT puede aceptar la pérdida.

Errores frecuentes

  1. No declarar las pérdidas: Muchos contribuyentes no presentan pérdidas pensando que "no hay que declarar si no ganas". Error: las pérdidas también deben declararse para poder compensarlas.
  2. Olvidar el plazo de 4 años: Las pérdidas del 2021 solo pueden compensarse hasta 2025.
  3. No registrar el coste de adquisición: Sin él, Hacienda puede considerar coste cero y monetizar todas las ventas como ganancia.

Actualizado: abril 2026 | Ejercicio fiscal: 2025

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