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Herencia de cripto sin testamento: sucesión abintestato en España

Cuando alguien fallece sin testamento y tiene criptomonedas, la herencia sigue el orden legal (sucesión abintestato). Cómo localizar los activos cripto del causante, cómo se reparten y qué impuestos pagan los herederos.

Equipo declaracrypto·16 de abril de 2026·6 min read

Herencia de cripto sin testamento: guía para la sucesión abintestato

La sucesión abintestato (sin testamento) es la herencia que sigue el orden legal establecido en el Código Civil cuando el fallecido no dejó testamento. La presencia de criptomonedas añade capas de complejidad a este proceso.

El orden de herederos en la sucesión abintestato (Código Civil)

  1. Hijos y descendientes (por partes iguales).
  2. Padres y ascendientes (si no hay hijos).
  3. Cónyuge viudo (con derechos variables según existencia de otros herederos).
  4. Hermanos y sus descendientes.
  5. Parientes colaterales hasta el 4.º grado.
  6. Estado/CCAA (si no hay herederos).

Importante: El cónyuge no hereda como heredero universal en abintestato; sus derechos dependen de la coexistencia con hijos o ascendientes.

Paso 1: Localizar las criptomonedas del fallecido

El mayor reto en las herencias de cripto sin testamento es encontrar los activos digitales. Pasos típicos:

Buscar en exchanges centralizados

  • Revisar el correo electrónico del fallecido en busca de comunicaciones de exchanges (Binance, Coinbase, Kraken, ByBit, etc.).
  • Intentar localizar cuentas con el NIF/NIE del fallecido directamente en los exchanges.
  • Los exchanges principales tienen procesos específicos para account recovery por defunción.

Buscar en wallets de hardware

  • Revisar cajones, cajas fuertes y documentos del difunto en busca de dispositivos Ledger, Trezor, Keystone u otras hardware wallets.
  • La seed phrase (12-24 palabras) puede estar escrita en papel o metal.
  • Sin la seed, el acceso a los fondos es imposible.

Buscar en wallets de software

  • Instalaciones de MetaMask, Exodus, Trust Wallet en dispositivos del difunto.
  • Contraseñas en gestores de contraseñas (Bitwarden, 1Password) que puede tener el heredero.

Paso 2: Declaración de herederos

En la sucesión abintestato, se necesita:

  1. Declaración notarial de herederos abintestato: El notario acredita quiénes son los herederos legales.
  2. Inventario de bienes: Incluir todas las criptomonedas localizadas con su valor a la fecha del fallecimiento.

Valoración para el inventario: Precio de mercado de cada cripto en el día del fallecimiento. Usa CoinMarketCap o el precio de cierre del exchange principal.

Paso 3: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

Cada heredero tributa por el ISD sobre la parte de la herencia que recibe:

  • Base imponible individual: valor del legado recibido por ese heredero.
  • Tipo: Varía por CCAA (0% en Andalucía/Madrid para herencias directas, hasta 34% en algunas CCAA).

Para las criptomonedas: Se incluyen en el inventario a su valor de mercado.

El ISD debe presentarse en los 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable 6 meses más).

Paso 4: Partición de la herencia

Con varios herederos (ej.: 3 hijos), la herencia debe dividirse:

  • Opción 1: Uno se queda la cripto y los demás reciben otros activos equivalentes en valor.
  • Opción 2: La cripto se vende y se reparte el dinero.
  • Opción 3: Se divide la cripto (cada hijo recibe 1/3).

La división de la cripto: Los exchanges centralizados permiten transferir a las cuentas de los herederos una vez acreditada la herencia.

Paso 5: IRPF del heredero al vender

Una vez el heredero tiene la cripto:

  • Coste de adquisición = valor declarado en el ISD.
  • Al vender → GPO: diferencia entre precio de venta y valor del ISD.

Ejemplo: Heredas BTC valorado en 50.000€ en el ISD y años después lo vendes a 80.000€ → GPO de 30.000€.

El caso crítico: cripto no localizada y falsa omisión

Si los herederos no localizan toda la cripto y la AEAT la descubre después (por reportes de exchanges bajo DAC8):

  • Infracción grave por ocultación de activos hereditarios.
  • El heredero que debería haberla declarado puede ser sancionado.
  • El ISD no declarado puede generar deuda con recargos e intereses.

Obligación: Si sospechas que el fallecido tenía activos digitales que no encontraste, debes hacer todas las investigaciones razonables antes de firmar la declaración de la herencia.

La contratación de un recuperador de cripto

Existen servicios especializados en:

  • Análisis forense de dispositivos del difunto.
  • Búsqueda de seeds en papeles, imágenes, emails.
  • Recuperación de wallets con contraseñas olvidadas.

Si contratas este servicio y recuperas cripto → el coste del servicio puede considerarse gasto de la herencia (deducible en el ISD como gasto de administración de la herencia).

Tabla resumen del proceso abintestato con cripto

FaseAcciónAspectos fiscales
Localizar criptoRevisar exchanges, wallets, correosNo fiscal
Declaración herederosNotaríaCoste notarial deducible en ISD
Inventario y valoraciónPrecio de mercado en fecha de defunciónBase imponible ISD
Pago ISDPor cada heredero0-34% según CCAA y grado parentesco
Distribución criptoTransferencia a wallets herederosSin GPO si es reparto proporcional
Venta posteriorGPO sobre diferencia vs valor ISDIRPF del heredero

Actualizado: abril 2026 | Ejercicio fiscal: 2025

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