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Factura electrónica y cobros en criptomonedas: obligaciones en España 2025

La Ley Crea y Crece obliga a la facturación electrónica. Si eres autónomo o empresa y cobras en cripto, debes emitir factura con el equivalente en euros. Cómo cumplir con Verifactu y las nuevas normas.

Equipo declaracrypto·16 de abril de 2026·6 min read

Factura electrónica y cripto: lo que debes saber como autónomo o empresa

La Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece) introdujo la obligación de factura electrónica para todas las relaciones B2B en España. En 2025 y 2026 se está completando su implantación. Si cobras en criptomonedas, esto te afecta.

¿Qué es la factura electrónica obligatoria?

La factura electrónica es un documento de factura en formato estructurado (XML/JSON) que:

  • Se intercambia entre emisor y receptor por medios electrónicos.
  • Sigue el estándar Facturae o los nuevos estándares de Verifactu.
  • Para B2C (particulares): también puede ser en formato PDF u otros si hay consentimiento.

Quién está obligado (2025-2026)

  • Empresas con facturación >8M€/año → ya obligadas desde julio 2025.
  • Resto de empresas y autónomos → obligados a partir de 2026 (ver BOE para actualizaciones).

¿Qué es Verifactu?

Verifactu es el sistema de la AEAT que exige que los sistemas de facturación envíen en tiempo real (o en batch) las facturas emitidas a los registros de la AEAT. Reemplaza el sistema SII (Suministro Inmediato de Información) para quien ya lo usa.

¿Cómo emito factura si cobro en cripto?

Si eres autónomo o empresa y cobras en USDT, BTC, ETH u otra cripto:

  1. La factura debe emitirse en EUROS con la descripción del servicio prestado.
  2. Incluye el importe de la contraprestación en EUR equivalente.
  3. Puedes añadir una nota: "Pagado en [cantidad] [cripto] equivalente a [X]€ al tipo de cambio de [fecha] según [fuente]".
  4. El IVA se calcula sobre el valor en EUR (no sobre el valor en cripto directamente).

Ejemplo de factura con pago en cripto:

Concepto: Desarrollo de smart contracts – marzo 2026
Base imponible:  5.000,00 €
IVA 21%:           1.050,00 €
Total factura:  6.050,00 €

Forma de pago: 0,0756 ETH equivalente a 6.050,00 € según cotización del 05/03/2026 en Kraken (ETH/EUR).

IVA en cobros de cripto

El IVA aplica sobre el valor en euros, no importa cómo se pague. Si el 21% de IVA son 1.050€ y el cliente paga en ETH, debes recibir suficiente ETH para cubrir los 6.050€ totales.

El momento del devengo del IVA

El IVA se devenga cuando se presta el servicio o en el momento de cobro (el primero en ocurrir). No cuando conviertes los ETH a EUR.

Registros contables

Para el cobro en cripto, el asiento contable sería (simplificado):

  • Débito: Monedas virtuales (activo corriente) por el valor en EUR de los ETH recibidos.
  • Crédito: Cliente (cobros) por el mismo valor.
  • Si luego vendes los ETH a precio diferente: diferencia → resultado financiero.

El tipo de cambio: ¿cuál usar?

No hay una norma oficial que determine concretamente cuál usar. Opciones razonables:

  1. Precio de cierre en Binance/Kraken del día de la factura o del cobro.
  2. Precio medio del día en CoinMarketCap.
  3. Tipo oficial del Banco Central Europeo (no existe para cripto → usar referencia de mercado).

Documenta siempre el tipo de cambio usado, la fuente y la fecha.

Retenciones en facturas cobradas en cripto

Si el cliente debe practicarte una retención del IRPF (ej.: eres autónomo profesional y el cliente es una empresa):

  • La retención (ej.: 15%) se descuenta del total en EUR.
  • El cliente paga: (base + IVA) × (1 − retención) en cripto equivalentes.
  • El cliente ingresa la retención a la AEAT en EUR (tendrá que convertir).

La factura simplificada para clientes anónimos en cripto

Si vendes un servicio digital (ej.: acceso a un software cripto) a usuarios anónimos que pagan con cripto:

  • Puedes emitir facturas simplificadas (tickets) sin datos del comprador si son operaciones menores de 400€ (o sin importe máximo si el destinatario es particular).
  • Para usuarios que no dan datos personales (solo wallet): factura simplificada en la mayoría de casos.

Verifactu y cobros en cripto

Con Verifactu, las facturas se enviarán en tiempo real a la AEAT. Si el importe es en EUR (aunque el cobro sea en cripto), el sistema funciona como cualquier otra factura. No hay tratamiento especial por el medio de pago.

Actualizado: abril 2026 | Ejercicio fiscal: 2025

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