Compensación de pérdidas
Las pérdidas patrimoniales cripto compensan primero ganancias patrimoniales del año; hasta el 25% del saldo restante puede compensar rendimientos del capital. Resto: 4 años.
El orden de compensación de pérdidas cripto en España es:
- Contra ganancias patrimoniales del mismo ejercicio (ilimitado).
- Si queda saldo negativo, contra rendimientos del capital mobiliario del mismo ejercicio, hasta el 25% del saldo positivo de estos.
- El resto, contra los mismos conceptos en los 4 ejercicios siguientes.
No es posible compensar pérdidas patrimoniales contra rendimientos del trabajo o de actividades económicas (base general).
Conceptos relacionados:


