Modelo 720
Solo informativo
Modelo 720: bienes en el extranjero (no incluye cripto desde 2023)
Modelo 720: cuentas, valores e inmuebles en el extranjero. Las criptomonedas tienen su propio modelo 721 desde el ejercicio 2023.
Plazo de presentación
Del 1 de enero al 31 de marzo
¿Quién está obligado?
Personas físicas o jurídicas residentes con bienes en el extranjero por valor > 50.000€ en alguna de las categorías declarables (cuentas, valores, inmuebles).
Para qué sirve
Informativo. NO incluye criptomonedas — para cripto extranjero, modelo 721.
Sanciones por incumplimiento
Idénticas al 721. Aplican igualmente.
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Probar gratis →Última actualización: 17/6/2026. Información de carácter divulgativo, no constituye asesoramiento fiscal.


