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Modelo 720
Solo informativo

Modelo 720: bienes en el extranjero (no incluye cripto desde 2023)

Modelo 720: cuentas, valores e inmuebles en el extranjero. Las criptomonedas tienen su propio modelo 721 desde el ejercicio 2023.

Plazo de presentación

Del 1 de enero al 31 de marzo

¿Quién está obligado?

Personas físicas o jurídicas residentes con bienes en el extranjero por valor > 50.000€ en alguna de las categorías declarables (cuentas, valores, inmuebles).

Para qué sirve

Informativo. NO incluye criptomonedas — para cripto extranjero, modelo 721.

Sanciones por incumplimiento

Idénticas al 721. Aplican igualmente.

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Última actualización: 17/6/2026. Información de carácter divulgativo, no constituye asesoramiento fiscal.