P2P trading: fiscalidad de la compraventa entre particulares
El trading P2P (peer-to-peer) permite comprar y vender criptomonedas directamente entre particulares, sin que un exchange centralizado custodice los fondos. Fiscalmente aplican las mismas reglas que cualquier otra operación cripto.
¿El P2P tributa igual que el trading en exchange?
Sí. La forma en que se ejecuta la operación (exchange centralizado, P2P, OTC, entre amigos) no cambia el tratamiento fiscal. Lo que importa es que hay una transmisión de activos con un precio.
Al vender cripto por euros en P2P:
- Ganancia/pérdida = precio recibido en EUR − coste FIFO de la cripto vendida.
- Se declara como ganancia/pérdida patrimonial en la base del ahorro.
Al comprar cripto con euros en P2P:
- No hay hecho imponible en la compra.
- Se registra el coste de adquisición (precio pagado en EUR).
Problemática de las transacciones en efectivo
Si el pago en P2P se hace en efectivo (billete físico), el importe es igualmente declarable. El uso de efectivo no exime de la obligación fiscal ni anonimiza la operación ante la AEAT.
Además, pagos en efectivo superiores a 1.000 € entre particulares están restringidos por la Ley 11/2021 y pueden generar sanciones adicionales.
Tipo de cambio en operaciones internacionales P2P
En plataformas P2P internacionales, el precio puede estar en dólares u otra divisa extranjera. Para el cálculo fiscal, debes convertir el valor a euros usando el tipo de cambio oficial del BCE en la fecha de la transacción.
Documentación en operaciones P2P
La falta de un exchange central que genere extractos automáticos hace más importante llevar un registro manual:
- Capturas de pantalla del chat o confirmación de la operación.
- Recibo de pago (transferencia bancaria, etc.).
- Hash de la transacción blockchain de envío/recepción de cripto.
El vendedor como "sujeto obligado"
Si operas de forma habitual en P2P con volúmenes significativos y cobras comisiones por intermediar, podrías ser considerado sujeto obligado bajo la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales. Esto implicaría más obligaciones de KYC y reporte.
Conclusión
Las operaciones P2P tienen exactamente el mismo tratamiento fiscal que las realizadas en exchanges centralizados. La ausencia de un intermediario no elimina la obligación de declarar; simplemente pone más responsabilidad en el propio contribuyente para documentar correctamente cada transacción.


