No declaré mis criptomonedas en años anteriores: qué hacer ahora
Uno de los casos más frecuentes en asesorías fiscales cripto: el contribuyente que lleva años operando, no sabía que debía declarar y ahora quiere regularizar su situación antes de que Hacienda llame a su puerta. Aquí tienes el camino a seguir.
¿Cuántos años puede revisar Hacienda?
El plazo general de prescripción en el IRPF es de 4 años contados desde el fin del plazo de presentación de cada ejercicio (normalmente el 30 de junio del año siguiente).
En 2026, Hacienda puede revisar:
- Ejercicio 2025 (declaración hasta junio 2026) → sin prescribir
- Ejercicio 2024 (declaración hasta junio 2025) → sin prescribir
- Ejercicio 2023 (declaración hasta junio 2024) → sin prescribir
- Ejercicio 2022 (declaración hasta junio 2023) → sin prescribir
- Ejercicio 2021 (declaración hasta junio 2022) → prescribe en junio 2026
El ejercicio 2020 ya habría prescrito salvo que haya habido alguna actuación de la AEAT que interrumpa la prescripción (requerimiento, inspección, etc.).
Opción 1: Declaración complementaria voluntaria (antes de requerimiento)
Si Hacienda todavía no te ha contactado, puedes presentar una declaración complementaria para cada ejercicio no declarado o mal declarado.
Ventajas de la regularización voluntaria:
- La sanción se reduce considerablemente (o desaparece si la regularizas antes de cualquier actuación de la AEAT).
- Si presentas antes de requerimiento formal: sin sanción, solo recargo por extemporaneidad.
Recargos por presentación fuera de plazo (sin requerimiento previo):
| Tiempo transcurrido | Recargo |
|---|---|
| Hasta 3 meses | 5% sobre la cuota |
| Entre 3 y 6 meses | 10% |
| Entre 6 y 12 meses | 15% |
| Más de 12 meses | 20% + intereses de demora |
Sin requerimiento previo, no hay sanción adicional. Solo el recargo y los intereses.
Opción 2: Si ya has recibido un requerimiento
Si la AEAT ya te ha notificado (propuesta de liquidación paralela, requerimiento de información, inicio de comprobación limitada), la regularización espontánea ya no elimina las sanciones. Sin embargo:
- Colaborar y presentar documentación reduce las sanciones en un 30%.
- Puedes alegar atenuantes (buena fe, ausencia de ocultación).
Cómo calcular lo que debes por cada ejercicio
Para cada año no declarado:
- Obtén el historial completo de ese ejercicio de cada exchange.
- Aplica FIFO desde el principio de tu actividad (no solo desde ese año).
- Calcula las ganancias y pérdidas netas del ejercicio.
- Aplica los tipos vigentes en ese ejercicio (no los actuales).
- Suma el resultado a tu base del ahorro de ese año.
Importante: si tienes pérdidas en un ejercicio posterior y ganancias en uno anterior, no puedes compensarlos retroactivamente. Cada ejercicio se calcula de forma independiente.
Tipos del IRPF en ejercicios anteriores (base del ahorro)
| Ejercicio | Tramos principales |
|---|---|
| 2020 | 19%, 21%, 23% |
| 2021 | 19%, 21%, 23%, 26% (nuevo tramo > 200.000€) |
| 2022 | 19%, 21%, 23%, 27%, 28% |
| 2023 | 19%, 21%, 23%, 27%, 28% |
| 2024 | 19%, 21%, 23%, 27%, 28% |
¿Qué pasa con los Modelos 172 y 173?
Estos modelos informativos son obligatorios desde el ejercicio 2023. Si no los presentaste:
- Sanción por presentación fuera de plazo: desde 200€ hasta 20.000€ según el volumen de operaciones.
- La regularización voluntaria antes de requerimiento también puede aplicarse aquí.
El FIFO histórico: el mayor reto técnico
Si llevas operando desde 2017 o 2018 y nunca has declarado, necesitas reconstruir el historial completo desde el principio para aplicar FIFO correctamente. Las compras de 2017 determinan el coste de las ventas de 2024.
Muchos exchanges no conservan historiales de más de 5 años en su panel web, pero puedes solicitarlos mediante petición formal al exchange (derecho de acceso RGPD).
Conclusión: actúa antes de que actúe la AEAT
Cuanto antes regularices, menor es el coste. La AEAT está intensificando el cruce de datos cripto y los requerimientos masivos. La declaración espontánea sin requerimiento es significativamente más barata que esperar a ser inspeccionado.
Actualizado: abril 2026 | Ejercicio fiscal: 2025


