NFTs y fiscalidad en España: guía completa 2025
Los NFTs exploran una zona gris fiscal que la AEAT está comenzando a clarificar. Aunque no existe legislación específica, el criterio general es tratar los NFTs como activos digitales sujetos al régimen general del IRPF.
¿Qué es un NFT a efectos fiscales?
Un NFT (Non-Fungible Token) es un token único en blockchain que representa la propiedad de un activo digital. Fiscalmente, la AEAT los trata como criptoactivos, aplicando las mismas reglas que a Bitcoin o Ethereum en lo que respecta a transmisiones.
Compra de un NFT
La compra de un NFT no tributa en sí misma. Sin embargo, si lo compras con ETH (u otra cripto):
- La transmisión de ETH para pagar el NFT sí genera hecho imponible.
- Si el ETH había subido desde tu compra, tienes ganancia patrimonial por la diferencia.
El coste de adquisición del NFT queda fijado en el valor en euros del momento de la compra.
Venta de un NFT
Al vender un NFT:
- Ganancia = Precio de venta - Precio de adquisición
- Si vendes por ETH, el valor es el precio de mercado del ETH recibido en el momento de la venta.
- La ganancia tributa en la base del ahorro (19-28%).
Creación y venta de NFTs como creador
Si eres artista o creador y acuñas y vendes NFTs propios:
- Los ingresos se consideran rendimientos de actividades económicas o, si no hay habitualidad, rendimientos del trabajo o del capital.
- Si la creación de NFTs es tu actividad habitual, deberás darte de alta como autónomo.
- Los gastos de creación (software, herramientas, gas fees) son deducibles.
Royalties de NFTs
Muchas colecciones pagan royalties automáticos al creador cada vez que el NFT se revende en el mercado secundario (2,5% - 10% es habitual):
- Los royalties son rendimientos del capital mobiliario o de actividad económica, según el contexto.
- Tributan al recibirlos, valorados en euros.
Gas fees: ¿son deducibles?
Las comisiones de gas pagadas para comprar, vender o transferir NFTs:
- Si son parte de la operación de compra: se suman al coste de adquisición.
- Si son parte de la venta: reducen el precio de venta (y por tanto la ganancia).
- En general, el criterio es tratarlos como parte del coste de la operación.
Pérdidas en NFTs: ¿compensables?
Sí. Si vendes un NFT por menos de lo que pagaste:
- La pérdida patrimonial es compensable con ganancias del mismo ejercicio (base del ahorro).
- Si quedan pérdidas sin compensar, pueden trasladarse a los 4 ejercicios siguientes.
Ojo: Las pérdidas derivadas de NFTs que se vuelven ilíquidos (sin mercado) son difíciles de materializar fiscalmente, ya que necesitas una transmisión efectiva.
NFTs en el Modelo 720
Si tienes NFTs custodiados en exchanges extranjeros y su valor supera 50.000 €, podría ser obligatorio declararlos en el Modelo 720. La regulación en este punto es aún ambigua, pero el criterio prudente es incluirlos.
Tabla resumen
| Operación | Categoría fiscal | Momento tributación |
|---|---|---|
| Compra con cripto | Ganancia/pérdida (por el cripto usado) | Momento de la compra |
| Venta | Ganancia/pérdida patrimonial | Momento de la venta |
| Creación + venta (habitual) | Rendimiento actividad económica | Al cobrar |
| Royalties | Capital mobiliario / actividad | Al recibirlos |
Actualizado: abril 2026 | Ejercicio fiscal: 2025


