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Modelo 720 y criptomonedas en el extranjero: ¿hay obligación?

¿Debes declarar tus criptomonedas en el extranjero con el Modelo 720? Análisis del estado legal actual tras la sentencia del TJUE y las novedades de 2025.

Equipo declaracrypto·15 de abril de 2026·6 min read

Modelo 720 y criptomonedas en el extranjero: ¿hay obligación?

El Modelo 720 —la declaración de bienes y derechos en el extranjero— fue durante años una de las obligaciones más temidas por los residentes fiscales en España con activos fuera del país. ¿Aplica a las criptomonedas?

El Modelo 720 tradicional

El Modelo 720 obliga a declarar, cuando superan los 50.000 €, los siguientes bienes en el extranjero:

  • Cuentas bancarias.
  • Valores, seguros y rentas.
  • Bienes inmuebles.

¿Las criptomonedas entran en el 720?

Hasta 2024, no existía obligación específica de declarar criptomonedas en el Modelo 720. La DGT emitió consultas indicando que las criptomonedas no encajaban en ninguna de las tres categorías obligatorias.

Sin embargo, en 2025 el gobierno aprobó la extensión del Modelo 720 a activos virtuales, creando el Modelo 721, específicamente para criptomonedas.

El Modelo 721: declaración de criptomonedas en el extranjero

El Modelo 721 obliga a declarar las criptomonedas gestionadas por proveedores situados fuera de España cuando el valor total supere los 50.000 € a 31 de diciembre.

Qué hay que declarar:

  • Nombre y código de cada criptomoneda.
  • Número de unidades.
  • Valor en euros al 31 de diciembre.
  • Identificación del proveedor custodio (exchange extranjero).

Plazo: Enero de cada año, por el ejercicio anterior.

Importante: Las criptomonedas en wallets propias (no custodias) están sujetas a debate. La interpretación más conservadora es incluirlas.

La sentencia del TJUE y el 720 clásico

En 2022, el Tribunal de Justicia de la UE declaró que el régimen sancionador del Modelo 720 era desproporcionado y contrario al derecho europeo. Como consecuencia, las sanciones desproporcionadas del 720 fueron eliminadas. Esto no afecta directamente al 721 de cripto, que tiene su propio régimen.

¿Qué pasa si no presento el 721?

  • Sanción mínima de 5.000 € por conjunto de datos omitido o incorrecto.
  • En caso de regularización voluntaria antes de requerimiento: sanción reducida.

Exchanges afectados

Están afectados todos los exchanges ubicados fuera de España:

  • Binance (Malta/Francia)
  • Kraken (EEUU)
  • Coinbase (EEUU)
  • OKX (Seychelles)
  • Bybit (Dubai)
  • Y cualquier otro exchange no domiciliado en España.

Los exchanges con sede en España (Bit2Me, por ejemplo) no entran en el 721, aunque sí en los Modelos 172/173.

Conclusión

El Modelo 721 es la respuesta española a la creciente internacionalización de los activos cripto. Si tienes más de 50.000 € en exchanges extranjeros a final de año, estás obligado a presentarlo. El incumplimiento tiene sanciones elevadas, por lo que conviene no ignorarlo.

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