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Lending de criptomonedas: tributación de intereses y colateral

Cómo tributan los intereses de préstamos cripto, el colateral depositado y las liquidaciones forzosas en España. Aave, Compound y plataformas CeFi.

Equipo declaracrypto·15 de abril de 2026·6 min read

Lending de criptomonedas: tributación de intereses y colateral

El lending cripto —prestar o pedir prestados activos digitales— es una de las formas más populares de generar rendimiento pasivo. Pero tiene implicaciones fiscales que muchos usuarios pasan por alto.

Prestar criptomonedas: tributación de los intereses

Cuando prestas tus criptomonedas (en Aave, Compound, Nexo, BlockFi…) y recibes intereses:

Clasificación: Rendimientos del capital mobiliario (artículo 25.2 LIRPF).

Momento de tributación: Al acreditarse los intereses, al valor de mercado en ese instante.

Ejemplo:

  • Prestaste 10.000 USDC al 5% anual.
  • Recibes 500 USDC de intereses durante el año.
  • 1 USDC ≈ 0,95 € ese día → rendimiento declarable: 475 €.

Pedir criptomonedas prestadas: el colateral

Cuando depositas criptomonedas como colateral para obtener un préstamo en otro activo:

  • El depósito del colateral no genera hecho imponible — no hay transmisión real.
  • El préstamo recibido no es renta — es una deuda.
  • Los intereses pagados no son deducibles en el IRPF de particulares (sí en el de empresas).

Liquidaciones forzosas

Si el valor de tu colateral cae por debajo del ratio de colateralización y el protocolo te liquida automáticamente:

Fiscalmente se produce una transmisión de tu colateral al precio de liquidación.

La ganancia o pérdida se calcula como:

  • Valor de transmisión = precio de liquidación en EUR.
  • Coste de adquisición = coste FIFO del colateral liquidado.

Ejemplo doloroso:

  • Tenías 1 ETH como colateral, adquirido a 1.500 €.
  • El protocolo te liquida automáticamente cuando ETH vale 1.200 €.
  • Pérdida patrimonial: 1.200 − 1.500 = −300 € (deducible).

aTokens y cTokens (tokens de posición)

Cuando depositas en Aave, recibes aTokens. Cuando depositas en Compound, recibes cTokens. ¿Son estos una transmisión?

La postura más extendida entre asesores fiscales es que no hay transmisión al recibir los aTokens/cTokens, ya que son simplemente un recibo de tu posición. Lo que sí tributa es el rendimiento acumulado cuando retiras.

Pero hay que estar atentos a los cambios de criterio de la AEAT en este punto.

Plataformas CeFi (Nexo, Celsius, BlockFi…)

El tratamiento es el mismo que el DeFi: los intereses tributan como rendimientos del capital mobiliario. La diferencia es que en CeFi hay un intermediario que teóricamente podría practicar retención, aunque en la práctica los exchanges extranjeros no lo hacen.

Si la plataforma quiebra (como Celsius), las cantidades no recuperadas son pérdidas patrimoniales declarables.

Conclusión

El lending cripto genera rendimientos declarables en el año de acreditación. Los intereses pagados no son deducibles para particulares. Y las liquidaciones forzosas son transmisiones con su correspondiente ganancia o pérdida. Llevar el registro de cada posición de lending es esencial para una declaración correcta.

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