ICOs, IEOs y STOs: tributación e implicaciones fiscales en España
Las Ofertas Iniciales de Tokens (ICOs), Ofertas en Exchange (IEOs) y las Ofertas de Tokens de Seguridad (STOs) son mecanismos de financiación propios del ecosistema blockchain. Tuvieron su auge en 2017-2018 y siguen siendo relevantes. Su tributación tiene matices específicos.
¿Qué es una ICO?
Una ICO es una venta pública de tokens por parte de un proyecto cripto para financiarse. Los inversores envían BTC o ETH y reciben tokens del nuevo proyecto a un precio determinado.
Ejemplo histórico: En la ICO de Ethereum (2014), los inversores enviaron Bitcoin y recibieron ETH a ~0,31$/ETH.
Tributación del inversor en una ICO
Al participar en la ICO:
- Envías BTC/ETH → transmisión de BTC/ETH. Ganancia/pérdida patrimonial respecto a tu coste de adquisición de BTC/ETH.
- Recibes tokens del nuevo proyecto → los recibes a precio de ICO (ese es tu coste de adquisición).
Ejemplo:
- Compré 1 ETH a 200€.
- En la ICO envío 1 ETH (precio actual 300€) y recibo 1.000 TOKEN a 0,30€.
- Transmisión de ETH: 300€ − 200€ = 100€ de ganancia patrimonial (base del ahorro).
- Coste de adquisición de 1.000 TOKEN: 300€ (precio de ETH en el momento de la ICO).
Al vender los tokens:
- Precio de venta − 0,30€/token = ganancia/pérdida.
IEO (Initial Exchange Offering)
La IEO es igual que la ICO pero gestionada por un exchange (Binance Launchpad, Coinbase, etc.). El exchange hace el KYC y vende los tokens en su plataforma.
Tributación: Exactamente igual que la ICO. Si pagas con BNB/ETH → transmisión. Recibes tokens → coste de adquisición al precio IEO.
El problema de las ICOs fallidas o estafas
Situación frecuente: Participas en una ICO, recibes tokens que nunca se listan o que se listan y caen a 0, y el proyecto desaparece.
¿Puedes deducir la pérdida?
- Solo si hay transmisión. Si los tokens valen 0 pero no los puedes vender (no hay mercado), no hay transmisión → no hay pérdida deducible todavía.
- Si el proyecto fue un fraude demostrado (scam): Misma problemática que las quiebras. Pendiente de criterio firme.
- Tip: Algunos tokens de ICOs fallidas siguen cotizando en DEX con precios ínfimos. Puedes venderlos y materializar la pérdida.
STOs (Security Token Offerings)
Las STOs emiten tokens que representan valores mobiliarios (acciones, bonos, participaciones). A diferencia de las ICOs de "utility tokens", los STOs están regulados como valores mobiliarios.
Tributación de STOs:
- Rendimientos del activo subyacente (dividendos si representa acciones → capital mobiliario; intereses si representa bonos → capital mobiliario).
- Ganancia/pérdida al transmitir → base del ahorro.
- Son más próximos fiscalmente a las acciones cotizadas.
Tokens de gobernanza recibidos retroactivamente
Muy frecuente en DeFi: retroactive token drops a usuarios que usaron el protocolo antes de que hubiera token. Ejemplo:
- Uniswap repartió UNI en septiembre 2020 a todos los usuarios históricos.
- 400 UNI por wallet que hubiera usado Uniswap antes del snapshot.
Tributación: Ganancia patrimonial al recibirlos. Las retroactive token distributions son airdrops → base general del IRPF.
Si el token luego sube → segunda ganancia patrimonial en base del ahorro al vender.
Bloqueos y vesting en ICOs
Muchas ICOs tienen períodos de vesting: los tokens se distribuyen gradualmente en 1-3 años.
- El hecho imponible es cuando recibes los tokens (se desbloquean), no cuando participas en la ICO.
- En el momento de cada desbloqueo → precio de mercado del token en ese momento.
Lista de cotización: ¿cuándo declarar el "valor de mercado"?
Un problema frecuente: participas en una ICO al precio de preventa (0,05€/token), el token se lista a 2€. ¿Hay un ingreso en el momento de la cotización?
- No: El hecho imponible es la transmisión, no la cotización. Si no vendes, no hay ingreso imponible.
- La diferencia entre el precio de ICO y el precio de lista no es un ingreso hasta que transmitas.
Actualizado: abril 2026 | Ejercicio fiscal: 2025


