Cómo declarar Bitcoin en la renta española 2025
Declarar Bitcoin ya no es opcional. Desde que la AEAT cruzó datos masivos de exchanges en 2021 y puso en marcha los Modelos 172 y 173, miles de contribuyentes han recibido requerimientos por no declarar sus operaciones con criptomonedas. Esta guía te explica exactamente cómo hacerlo.
¿Cuándo tributa Bitcoin?
Bitcoin genera un hecho imponible —y por tanto obligación de declarar— en los siguientes momentos:
- Venta de BTC por euros en un exchange o entre particulares.
- Intercambio de BTC por otra criptomoneda (BTC → ETH, por ejemplo). La AEAT lo equipara a una transmisión y genera ganancia o pérdida en el momento del swap.
- Pago de bienes o servicios con BTC. Se considera una transmisión al precio de mercado en ese instante.
- Recompensas de staking o mining pagadas en BTC. Tributan como rendimiento del capital mobiliario en el momento de recibirlas.
Las transferencias entre tus propias carteras (de tu exchange a tu wallet personal, por ejemplo) no tributan siempre que queden correctamente justificadas.
Método de cálculo: FIFO obligatorio
La DGT confirmó en consulta vinculante V0999-18 que el método de asignación de costes para criptomonedas es FIFO (First In, First Out): las primeras unidades compradas son las primeras que se consideran vendidas.
Ejemplo práctico
| Compra | Fecha | Cantidad | Precio unitario |
|---|---|---|---|
| Lote 1 | ene-22 | 0,5 BTC | 40.000 € |
| Lote 2 | mar-23 | 0,3 BTC | 25.000 € |
Si vendes 0,5 BTC en diciembre de 2024 a 65.000 €:
- Coste de adquisición (Lote 1): 0,5 × 40.000 = 20.000 €
- Valor de transmisión: 0,5 × 65.000 = 32.500 €
- Ganancia patrimonial: 12.500 €
¿Dónde se declara en el IRPF?
Las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de criptomonedas se integran en la Base Imponible del Ahorro (artículo 46 LIRPF).
Las casillas relevantes del modelo son:
- Casilla 1626 — Transmisión de criptomonedas (ganancia)
- Casilla 1627 — Transmisión de criptomonedas (pérdida)
- Casilla 0029 — Compensación de pérdidas de ejercicios anteriores
Tipos impositivos aplicables (2025)
| Base liquidable del ahorro | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19% |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21% |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23% |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27% |
| Más de 300.000 € | 28% |
Las comisiones también importan
Las comisiones de compra aumentan el coste de adquisición (reducen la ganancia futura), y las comisiones de venta reducen el valor de transmisión (reducen la ganancia presente). Guarda siempre el detalle de cada operación.
Consecuencias de no declarar
La AEAT puede imponer:
- Sanción leve: 50-100% de la cuota no declarada si no hay ocultación.
- Sanción grave: hasta 150% si hay datos falseados.
- Recargo por declaración extemporánea: 10-20% si presentas fuera de plazo pero antes de requerimiento.
Además, desde 2023 los exchanges radicados en la UE reportan automáticamente saldos y operaciones a la AEAT a través del DAC8.
Conclusión
Declarar Bitcoin requiere llevar un registro ordenado de todas tus operaciones, aplicar FIFO correctamente y trasladar el resultado a las casillas correctas del IRPF. Una herramienta de cálculo fiscal automatiza todo este proceso y genera el informe listo para copiar en el borrador de la renta.


