Airdrops de criptomonedas: cómo tributan en España
Recibir tokens gratis a través de un airdrop puede parecer un regalo, pero para Hacienda es una renta que debe declararse. El tratamiento varía según el tipo de airdrop y si existe contraprestación.
Tipos de airdrop y su tratamiento fiscal
Airdrop puro (sin contraprestación)
Recibes tokens sin hacer nada a cambio (simplemente por tener una dirección en una blockchain o por ser usuario antiguo de un protocolo).
Clasificación: Ganancia patrimonial no derivada de transmisión (artículo 33.1 LIRPF).
Cuándo tributa: En el momento de la acreditación de los tokens, por el valor de mercado en ese instante.
Base imponible donde se integra: La base general del IRPF (no la del ahorro), tributando al tipo marginal del contribuyente.
Airdrop con contraprestación (retro-airdrop, farming…)
Si recibes tokens por haber realizado una acción previa (usar un protocolo, votar en una DAO, hacer staking…):
Clasificación: Rendimiento del capital mobiliario (si es por depositar activos) o ganancia patrimonial no derivada de transmisión (si es por uso del protocolo).
La distinción es relevante porque afecta a la base imponible donde tributa y al tipo aplicable.
Airdrop por referido
Si ganas tokens por traer nuevos usuarios a una plataforma:
Clasificación: Puede considerarse rendimiento de actividades económicas si hay habitualidad y organización, o ganancia patrimonial eventual si es ocasional.
Coste de adquisición de los tokens airdropeados
Los tokens recibidos en un airdrop tienen como coste de adquisición su valor de mercado en el momento del airdrop. Esto es importante para calcular la ganancia o pérdida cuando los vendas posteriormente.
Ejemplo:
- Recibes 1.000 tokens ARB en un airdrop cuando cotizan a 1,20 €.
- Renta declarable en el año del airdrop: 1.200 €.
- Coste de adquisición de esos tokens: 1.200 €.
- Si los vendes meses después a 0,80 €: pérdida patrimonial de 400 €.
Problemática de los airdrops de tokens sin liquidez
Muchos airdrops incluyen tokens nuevos que no tienen cotización en el momento de recibirlos. En este caso:
- Si no hay precio de mercado liquido y verificable → se puede argumentar que el valor es 0 € en el momento del airdrop.
- Cuando se vendan posteriormente → la totalidad del precio de venta sería ganancia patrimonial.
La AEAT no ha aclarado este punto expresamente, por lo que es recomendable documentar la ausencia de mercado liquido en el momento del airdrop.
Resumen de la tabla
| Tipo de airdrop | Clasificación | Base imponible |
|---|---|---|
| Puro (sin acción) | Ganancia patrimonial | General |
| Con contraprestación (staking) | Rendimiento capital mobiliario | Ahorro |
| Por actividad de referido habitual | Rendimiento actividad económica | General |
Conclusión
Ningún airdrop es completamente "gratis" desde el punto de vista fiscal. El momento clave es siempre la acreditación de los tokens, y el valor de mercado en ese instante determina la renta a declarar. Lleva un registro de cada airdrop recibido con fecha, cantidad y precio.


