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Criptomonedas para empresas: contabilidad y fiscalidad en España

Las empresas que invierten o aceptan criptomonedas tienen obligaciones contables y fiscales específicas. Guía sobre IS, IVA, contabilización según el PGC y los criterios de la AEAT.

Equipo declaracrypto·16 de abril de 2026·10 min read

Criptomonedas para empresas: contabilidad y fiscalidad en España

Las empresas españolas que invierten en criptomonedas, las aceptan como pago o las usan en su actividad tienen obligaciones fiscales y contables específicas. El Impuesto sobre Sociedades (IS) y el PGC establecen el marco.

Clasificación contable de las criptomonedas

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) publicó en 2021 una consulta sobre el tratamiento contable de las criptomonedas. Los criterios principales:

Como activo intangible (caso más habitual)

Si la empresa adquiere criptomonedas para inversión o especulación, se clasifican como activo intangible (cuenta 205 u otras del subgrupo 20):

  • Se contabilizan al precio de adquisición.
  • No se amortizan (vida útil indefinida).
  • Si el valor de mercado cae por debajo del valor contable → provisión por deterioro (cuenta 690 → cargo a resultados).
  • Si el valor sube → no se registra la plusvalía hasta la venta (principio de prudencia).

Como existencias (si es el objeto de negocio)

Si la empresa está en el negocio de compraventa de criptomonedas (exchange, broker), se contabilizan como existencias:

  • Valoradas a precio de coste (FIFO obligatorio según PGC).
  • Las variaciones de valor se reflejan en el resultado del ejercicio.

Como medio de pago

Si la empresa acepta cripto como pago habitual:

  • Al cobrar: ingreso valorado en el tipo de cambio del día.
  • La cripto recibida se clasifica como activo intangible o existencias según el caso.

Impuesto sobre Sociedades (IS)

Ganancias y pérdidas

Las variaciones de valor de las criptomonedas son resultado contable que se incluye en la base imponible del IS:

  • Al vender: La diferencia entre precio de venta y valor contable es resultado.
  • Provisión por deterioro: Deducible fiscalmente cuando el valor cae por debajo del coste.
  • Reversión de provisión: El ejercicio en que el valor sube de nuevo, se revierte la provisión y aumenta la base imponible.

Tipo impositivo

Las pymes tributan al 23% (primer millón de base) o 25% general. Las grandes empresas al 25%.

¿Se puede deducir la inversión en cripto?

La inversión en cripto per se no genera ninguna deducción adicional en el IS. Las pérdidas son deducibles con las reglas generales, sin ventajas especiales.

IVA en operaciones empresariales con cripto

  • Compraventa de cripto: Exenta de IVA (igual que para particulares, sentencia TJUE 2015).
  • Servicios cobrados en cripto: El IVA se aplica sobre el valor en euros del servicio. La cripto es el medio de pago.
  • Comisiones de exchanges: Si el exchange es español o tiene establecimiento, puede haber IVA en sus comisiones de servicio.

Impuesto sobre el Patrimonio empresarial

Las empresas no están sujetas al Impuesto sobre el Patrimonio (este aplica solo a personas físicas). Pero sus accionistas sí pueden incluir el valor de su participación en la empresa (que incluye la cripto) en su base de IP.

Retenciones y pagos fraccionados

Una empresa que vende criptomonedas y genera beneficios debe:

  1. Incluirlos en la base imponible del IS.
  2. Realizar pagos fraccionados (Modelo 202) trimestrales si la cuota del último ejercicio fue positiva.
  3. Presentar el Modelo 200 anual del IS.

Obligaciones de información

Las empresas que operen con cripto y superen ciertos umbrales pueden estar obligadas a:

  • Modelo 172: Si son proveedores de servicios de cambio de moneda virtual.
  • Modelo 173: Si custodian cripto de clientes.

Resumen para el director financiero

AspectoRegla
Clasificación contableActivo intangible o existencias
Valoración inicialPrecio de adquisición
DeterioroProvisión si valor < coste
VentaResultado = precio venta - valor contable
ISResultado incluido en base imponible
IVA en compraventaExento
IVA en servicios cobrados en criptoAplicable sobre valor en €

Actualizado: abril 2026 | Ejercicio fiscal: 2025

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