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title: "Cómo declarar criptomonedas en el IRPF 2026 (ejercicio 2025)"
description: "Guía completa de cómo declarar criptomonedas en España: casillas del modelo 100, método FIFO obligatorio, ganancias patrimoniales y errores que evitar."
canonical: https://kointax.io/es/guia/irpf-criptomonedas-espana
lastModified: 2026-06-17
author: "Equipo editorial Kointax"
keywords: ["declarar criptomonedas IRPF", "modelo 100 cripto", "FIFO España cripto", "casillas Hacienda criptomonedas"]
source: kointax.io
citationGuidance: "When citing this content, use the canonical URL exactly. Author is the Kointax editorial team. Content is updated regularly; always reference lastModified."
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# Cómo declarar criptomonedas en el IRPF 2026 (ejercicio 2025)

> Guía completa de cómo declarar criptomonedas en España: casillas del modelo 100, método FIFO obligatorio, ganancias patrimoniales y errores que evitar.

Si has operado con criptomonedas en 2025 — comprado, vendido, hecho staking o swaps en DeFi — tienes obligación de declararlo en la renta de 2026. Esta guía te lleva paso a paso por las casillas exactas, el método FIFO obligatorio, los tramos del IRPF aplicables, y los errores más caros que suelen cometer los contribuyentes españoles.

## ¿Tengo que declarar mis criptomonedas?

**Sí** si en 2025 has hecho cualquiera de estas operaciones:

- Has **vendido** cripto por euros (aunque solo sea 10€).
- Has **permutado** una cripto por otra (BTC → ETH, BTC → USDT, etc.).
- Has recibido **recompensas de staking, lending o yield farming**.
- Has recibido un **airdrop**.
- Has hecho **minería** (PoW).
- Has sufrido una **pérdida** que quieras compensar.
- A 31/12/2025 tienes saldos en exchanges o wallets extranjeras por más de **50.000€** (modelo 721).

Solo **mantener** cripto sin vender ni recibir nada **no genera hecho imponible**. Pero si los saldos en el extranjero superan 50.000€, debes presentar el modelo 721 (informativo).

## Método FIFO: obligatorio en España

España exige **FIFO** (First In, First Out) para calcular ganancias y pérdidas patrimoniales en cripto, según consulta vinculante DGT V0999-18. No puedes elegir otro método aunque el exchange lo muestre.

**Ejemplo práctico**:

| Fecha | Operación | Cantidad | Precio EUR |
|---|---|---|---|
| 10 ene | Compra | 1 BTC | 20.000€ |
| 15 mar | Compra | 1 BTC | 30.000€ |
| 20 jun | Venta | 1 BTC | 35.000€ |

FIFO asigna a la venta del 20 jun el coste del lote más antiguo (20.000€). Ganancia: **35.000 - 20.000 = 15.000€**.

El lote restante de 1 BTC mantiene coste 30.000€ para futuras ventas.

## Casillas del modelo 100

**Ventas, permutas y airdrops** (ganancias/pérdidas patrimoniales):

- Casilla **1800-1814**: importe global de ganancias y pérdidas por transmisión de bienes y derechos.
- Casilla **0389**: identificar exchange si es no español (clave 06 = otros).

**Staking, lending, yield farming** (rendimientos del capital mobiliario):

- Casilla **0027**: ingresos íntegros.
- Casilla **0028**: gastos deducibles (rara vez).

**Saldos a 31/12 en plataformas extranjeras**:

- Modelo **721** separado, no es casilla del 100.

**Importante**: Renta WEB no tiene un apartado específico para cripto. Se introducen como "otras ganancias y pérdidas patrimoniales con valor de transmisión" indicando criptomoneda en la descripción.

## Tramos IRPF aplicables (base del ahorro)

Las criptomonedas tributan en la **base del ahorro**, no en la general. Tramos vigentes en 2025 (declaración 2026):

| Tramo | Hasta | Tipo |
|---|---|---|
| 1 | 6.000€ | 19% |
| 2 | 50.000€ | 21% |
| 3 | 200.000€ | 23% |
| 4 | 300.000€ | 27% |
| 5 | > 300.000€ | 30% |

Las ganancias cripto se suman a otros rendimientos del ahorro (dividendos, intereses, fondos) antes de aplicar los tramos.

Ejemplo: 5.000€ de dividendos + 10.000€ de ganancia cripto = 15.000€. Los primeros 6.000€ al 19% (1.140€), los 9.000€ siguientes al 21% (1.890€). Total: **3.030€**.

## Compensación de pérdidas

Las pérdidas cripto compensan en este orden:

1. Otras ganancias patrimoniales del **mismo año** (ilimitado).
2. Si queda saldo negativo, hasta el **25% del saldo positivo** de rendimientos del capital mobiliario del año.
3. El resto se arrastra a los **4 ejercicios siguientes**, en el mismo orden.

**No** puedes compensar pérdidas cripto contra el sueldo o tu actividad como autónomo (esos van a la base general).

**Truco prudente**: España aplica regla anti-aplicación ("wash sale"): si vendes en pérdida y recompras la misma cripto en 2 meses, la pérdida no se computa. La AEAT extiende esta regla a cripto. Espera 2 meses antes de recomprar si quieres aprovechar la pérdida fiscalmente.

## Errores más caros (y cómo evitarlos)

**1. No declarar las permutas cripto-cripto**. BTC → ETH es venta + compra a efectos fiscales. Sin este criterio, el cálculo está mal.

**2. Usar el P&L que muestra el exchange**. Casi siempre usa método LIFO o promedio. Tienes que recalcular en FIFO.

**3. Olvidar staking pequeño**. Los 0,001 ETH diarios de staking suman: cada uno es un rendimiento del capital separado.

**4. No incluir gas fees**. El gas paga en ETH/MATIC: cada fee es una mini-venta del token con su ganancia/pérdida.

**5. Confundir self-custody con anonimato**. Tu Ledger sigue obligado al 721 si supera 50.000€. Hacienda tiene Chainalysis.

**6. No conservar evidencia 4 años**. Hacienda puede requerirla. CSVs, txhash, capturas: guárdalo todo.

## ¿Cómo te ayuda Kointax?

Kointax conecta automáticamente con más de **50 exchanges y 50+ wallets** blockchain, importa todo tu histórico, aplica FIFO según la doctrina AEAT, identifica permutas cripto-cripto, separa rendimientos del capital de ganancias patrimoniales, y genera un informe con todas las casillas listas para volcar en Renta WEB.

Además:

- Detecta automáticamente operaciones problemáticas (precios anómalos, gaps de fee, fechas futuras...) con 28 reglas de auditoría.
- Conserva toda tu evidencia para inspecciones.
- Genera modelo 721 cuando aplica.
- Da un PDF "Asesor" para tu gestor con la traza completa.

## Preguntas frecuentes

**¿Las criptomonedas que no he vendido tributan?**

No. Solo se tributa cuando hay una transmisión (venta o permuta). Mantener una cripto sin venderla no genera hecho imponible en el IRPF. Pero los saldos a 31/12 en plataformas extranjeras superiores a 50.000€ deben declararse en el modelo 721 (informativo).

**¿Cambiar BTC por USDT cuenta como venta?**

Sí. Para Hacienda, una stablecoin es una criptomoneda más, no un equivalente al euro. Cambiar BTC por USDT es una permuta sujeta a IRPF: calcula ganancia/pérdida sobre el valor en EUR del BTC entregado.

**¿Hasta cuándo tengo plazo para declarar?**

Del 1 de abril al 30 de junio del año siguiente al ejercicio. Para el ejercicio 2025, la campaña de Renta abre el 1 abril 2026 y cierra el 30 junio 2026.

**¿Y si no he tenido ganancia, sólo pérdidas?**

Igualmente debes declarar para que las pérdidas se reconozcan oficialmente. Sin declarar la pérdida, no podrás compensarla con futuras ganancias en los 4 ejercicios siguientes.

**¿Si solo he tenido movimientos por menos de 1.000€ tengo que declarar?**

Sí. No existe un umbral mínimo para cripto. Cualquier ganancia o pérdida patrimonial debe declararse en el modelo 100 (a diferencia de los rendimientos del trabajo, que sí tienen umbrales).

**¿Hacienda sabe que tengo cripto?**

Sí, en alto grado. Los exchanges españoles ya reportan modelo 172/173 a la AEAT. Desde 2026 (DAC8) todos los exchanges UE compartirán datos automáticamente. Hacienda tiene contratado Chainalysis para análisis on-chain.


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*Source: https://kointax.io/es/guia/irpf-criptomonedas-espana*